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Nuevos Programas para autónomos

20 febrero 2020
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La Xunta ha publicado este mes dos nuevas ayudas destinadas a autónomos. Tienen plazo de presentación hasta el 30 de septiembre.

Programa del bono nueva oportunidad de las personas autónomas.

Con el objetivo de asistir a las personas trabajadoras autónomas que tuvieron que cerrar su negocio en los momentos más críticos de los últimos años, se busca apoyar estas iniciativas de reinicio de la actividad profesional mediante un apoyo económico y la adquisición de nuevos conocimientos esenciales para esta nueva etapa. Para ello, tiene en cuenta un bono de apoyo y otro de formación.

  • Bono apoyo: ayuda de 6.000 euros a las personas que hubieran estado inscritas como demandantes de empleo  antes de la fecha de solicitud o de la fecha de alta en autónomos.
  • Bono formación: ayuda de hasta 6.000 euros para realizar un mínimo de 70 horas de formación en las siguientes materias: formación gerencial, gestión comercial o financiera, marketing digital o sobre materias que tengan relación directa con el negocio a emprender y así se justifique. Esta formación podrá ser impartida por entidades públicas o privadas y deberá estar finalizada en el período subvencionable.(1 mes para las nuevas altas, y 2 meses para las altas anteriores a la entada en vigor de esta orden)

Para acceder a este programa se deberá tener en cuenta los siguientes requisitos:

  • Que el cese se haya producido, por lo menos,  con 6 meses de antelación.
  • Que haya cotizado en autónomos o en cualquier otro régimen especial, ininterrumpidamente por lo menos durante 18 meses  en los últimos 5 años o de manera alterna 36 meses en los últimos 10 años
  • Estar inscrito como demandante de empleo por lo menos durante 6 meses seguidos , carecer de ocupación efectiva y no tener contrato laboral en vigor.
  • Realizar una formación  mínima de 70 horas sobre formación gerencial, gestión comercial o financiera, marketing digital o sobre materias relacionadas con el negocio a emprender y así se justifique.
  • Que la persona desempleada tenga su domicilio fiscal en Galicia  y desarrollen su nueva actividad en Galicia.
Programa del bono renueva en los negocios de las personas trabajadoras autónomas.

La finalidad de este programa es la concesión de ayudas económicas para la realización de un relevo generacional ordenado en los negocios de las personas trabajadoras autónomas.

La persona transmisora tendrá una subvención de 5.000 € para compensar los gastos derivados del traspaso. Cumplirá los siguientes requisitos:

  • Estar dado de alta en el régimen especial de autónomos o en mutualidad de colegio profesional, que tengan:
    1. Que tengan 60 años o más con 24 meses de alta en el RETA.
    2. Por la declaración de incapacidad total o absoluta (incluido gran invalidez) reconocida.
    3. Las personas herederas en el caso de fallecimiento de la persona autónoma titular del negocio.
  • En el caso de personas trabajadoras autónomas societarias la transmisión de las acciones o participaciones de la sociedad deben suponer el control de la sociedad por parte del adquirente, es decir, poseer más del 50% de las acciones o participaciones de la sociedad.

La persona adquiriente tendrá tres líneas de ayudas:

  • Bono asesoramiento: 3.000 € en concepto de gastos de asesoramiento (análisis de negocio, funcionamiento de negocio, análisis económico-financiero, análisis comercial, cartera de clientes, análisis de la situación legal y administrativa del local y de la actividad); elaboración plan empresarial y acompañamiento en el proceso de cierre de la transmisión y puesta en marcha de la empresa.
  • Bono formación: 6.000 € para formación gerencial, gestión comercial o financiera, marketing digital o sobre materias relacionadas con el negocio a emprender realizada en un período de 3 meses antes de la fecha de alta y hasta el 31 de octubre de 2020.
  • Bono inicio de actividad: 5.000 € para gastos de inicio de actividad + 3.000 € por trabajador por cuenta ajena de alta en la empresa en el momento del traspaso y que se comprometa a mantener durante un período mínimo de 2 años.

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