Con el objetivo de asistir a las personas trabajadoras autónomas que tuvieron que cerrar su negocio en los momentos más críticos de los últimos años, se busca apoyar estas iniciativas de reinicio de la actividad profesional mediante un apoyo económico y la adquisición de nuevos conocimientos esenciales para esta nueva etapa. Para ello, tiene en cuenta un bono de apoyo y otro de formación.
Bono apoyo: ayuda de 6.000 euros a las personas que hubieran estado inscritas como demandantes de empleo antes de la fecha de solicitud o de la fecha de alta en autónomos.
Bono formación: ayuda de hasta 6.000 euros para realizar un mínimo de 70 horas de formación en las siguientes materias: formación gerencial, gestión comercial o financiera, marketing digital o sobre materias que tengan relación directa con el negocio a emprender y así se justifique. Esta formación podrá ser impartida por entidades públicas o privadas y deberá estar finalizada en el período subvencionable.(1 mes para las nuevas altas, y 2 meses para las altas anteriores a la entada en vigor de esta orden)
Para acceder a este programa se deberá tener en cuenta los siguientes requisitos:
Que el cese se haya producido, por lo menos, con 6 meses de antelación.
Que haya cotizado en autónomos o en cualquier otro régimen especial, ininterrumpidamente por lo menos durante 18 meses en los últimos 5 años o de manera alterna 36 meses en los últimos 10 años
Estar inscrito como demandante de empleo por lo menos durante 6 meses seguidos , carecer de ocupación efectiva y no tener contrato laboral en vigor.
Realizar una formación mínima de 70 horas sobre formación gerencial, gestión comercial o financiera, marketing digital o sobre materias relacionadas con el negocio a emprender y así se justifique.
Que la persona desempleada tenga su domicilio fiscal en Galicia y desarrollen su nueva actividad en Galicia.
La finalidad de este programa es la concesión de ayudas económicas para la realización de un relevo generacional ordenado en los negocios de las personas trabajadoras autónomas.
La persona transmisora tendrá una subvención de 5.000 € para compensar los gastos derivados del traspaso. Cumplirá los siguientes requisitos:
Estar dado de alta en el régimen especial de autónomos o en mutualidad de colegio profesional, que tengan:
Que tengan 60 años o más con 24 meses de alta en el RETA.
Por la declaración de incapacidad total o absoluta (incluido gran invalidez) reconocida.
Las personas herederas en el caso de fallecimiento de la persona autónoma titular del negocio.
En el caso de personas trabajadoras autónomas societarias la transmisión de las acciones o participaciones de la sociedad deben suponer el control de la sociedad por parte del adquirente, es decir, poseer más del 50% de las acciones o participaciones de la sociedad.
La persona adquiriente tendrá tres líneas de ayudas:
Bono asesoramiento: 3.000 € en concepto de gastos de asesoramiento (análisis de negocio, funcionamiento de negocio, análisis económico-financiero, análisis comercial, cartera de clientes, análisis de la situación legal y administrativa del local y de la actividad); elaboración plan empresarial y acompañamiento en el proceso de cierre de la transmisión y puesta en marcha de la empresa.
Bono formación: 6.000 € para formación gerencial, gestión comercial o financiera, marketing digital o sobre materias relacionadas con el negocio a emprender realizada en un período de 3 meses antes de la fecha de alta y hasta el 31 de octubre de 2020.
Bono inicio de actividad: 5.000 € para gastos de inicio de actividad + 3.000 € por trabajador por cuenta ajena de alta en la empresa en el momento del traspaso y que se comprometa a mantener durante un período mínimo de 2 años.
La semana pasada se abrieron las convocatorias de Galicia Exporta Empresas y Galicia Exporta Organismos Intermedios. El principal objetivo es que 1.200 pymes puedan acceder y crecer en los mercados internacionales y diversificar los destinos de las ventas al exterior.
Y este año también se suma una nueva línea, Galicia Exporta Digital, que viene a dar respuesta a la demanda creciente de las compañías gallegas para acometer procesos de internacionalización digital.
Esta última subvención será de un máximo del 80% de los gastos subvencionables, con la siguiente distinción dependiendo del tipo de empresa solicitante:
Pymes: 80%.
Empresas con hasta 500 empleados: 70%.
Empresas con más de 500 empleados: 60%.
Los gastos que se consideran subvencionables para la misma son los siguientes:
1. Consultoría necesaria para la elaboración de:
Diagnostico de potencial exportador digital.
Planes de internacionalización digital multicanal.
Planes de mercados electrónicos concretos.
Gastos de asesoría jurídica y legal para la internacionalización digital.
2. Software de:
Soluciones tecnológicas P.I.M. (Product Information Management).
Adquisición, programación a medida e integración de conectores entre plataformas e con sistemas de información (ERPs).
Soluciones de analítica y visualización de datos para elaborar cuadros de mando con indicadores (KPI´s).
Soluciones de inteligencia automatizada para la optimización de la supply chain y del fullfillment.
Soluciones de inbound márketing internacional para lograr captar, retener, convertir y fidelizar a usuarios de interés objetivo del negocio on line.
3. Otros gastos de:
Creación y adaptación de tiendas on line y catálogos on line.
Campañas de posicionamiento SEM.
Servicios de call center internacionales.
La convocatoria de Galicia Exporta Digital se mantendrá abierta hasta el 24 de marzo.
EnGestión&Objetivos podemos ayudarte a elegir la opción que mejor te convenga. Contacta con nosotros.
Para el próximo año 2020, las pequeñas y medianas empresas, tendrán más incentivos para la inversión en I+D, para contratar a más empleados y para crecer como empresas. Europa pone en marcha un Plan de Inversiones (importe mínimo de 500.000 millones de euros) hasta final de año.
El objetivo de este plan es aumentar la inversión para la creación de empleo, fortalecer la capacidad productiva y de infraestructuras de la Unión Europea, impulsar el crecimiento y la competitividad de las pymes y satisfacer las necesidades económicas a largo plazo.
Según lo previsto, las pymes serán las grandes beneficiadas, ya que para ellas se destinará un 30% del presupuesto.
Por sectores, el que más presupuesto recibirá será el sector de I+D+I que, en concreto recibirá un 26% del presupuesto con el objetivo de fomentar la innovación de las empresas.
El siguiente beneficiario será el sector de la energía, cuyo presupuesto alcanzará un 18%, mientras que el sector digital percibirá un 11% del presupuesto.
En último lugar, los sectores que menos ayudas serán el sector del transporte, que contará con un 7% del total; mientras que la infraestructura social y el medio ambiente y el uso eficiente de recursos tendrán cada uno un 4% de la inversión total.
Contáctanos si estás pensando en darle un impulso a tu empresa y buscas financiación externa. Te asesoraremos.
Las ayudas dirigidas a empresas y organismos empresariales para la CONTRATACIÓN DE GESTORES DE INTERNACIONALIZACIÓN tienen el plazo abierto para su tramitación. Estará activo hasta el 29 de noviembre.
▪️ La Xunta destina un millón de euros para contratar a 50 jóvenes y también a mayores de 45 años en situación de desempleo que cuenten con experiencia en este campo.
▪️ El objetivo de este programa de la Consellería de Economía, Emprego e Industria es impulsar la internacionalización de las empresas gallegas y al mismo tiempo facilitar la incorporación al mercado laboral de profesionales en este ámbito.
▪️ La iniciativa busca facilitar a las pymes gallegas el acceso a nuevos mercados poniendo a su alcance ayudas para contratar profesionales con formación en internacionalización empresarial.
▪️ Los apoyos pueden cubrir el 70% del salario neto por un máximo de 15 meses o el 80% del salario neto en el caso de la contratación de mujeres o jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Se admitirá la posibilidad de contratación de hasta dos gestores por empresa.
El día 25 de enero, viernes, se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 21 de diciembre de 2018, que tiene por objeto fijar las bases reguladoras y convocar las subvenciones establecidas por la Consellería de Economía, Emprego e Industria, para el año 2019, con la finalidad de la promoción del empleo autónomo y su consolidación mediante incentivos a la contratación indefinida inicial de personas desempleadas realizada por las personas trabajadoras autónomas o personas profesionales con domicilio social y fiscal en Galicia.
En dicha orden se establecen los siguientes programas de ayudas:
Programa I: Promoción del empleo autónomo (procedimiento TR341D)
Programa II: Programa de ayudas a personas trabajadoras autónomas por la contratación indefinida de personas asalariadas (procedimiento TR349F)
En caso de que estuviera interesado quedamos a su disposición para que nos consulte.
PROGRAMA I – Ayudas a la promoción del empleo autónomo
Beneficiarios
1.- Personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo, que procedan a la creación de su propio puesto de trabajo mediante su constitución en personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia y que desenvuelvan su actividad empresarial en Galicia y que reúnan los siguientes requisitos:
Se den de alta en el régimen especial de autónomos o en cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o mutualidad de colegio profesional entre el 1 de octubre de 2018 y el 30 de septiembre de 2019
No percibiesen subvenciones del mismo programa en los TRES años anteriores a la fecha de inicio de la nueva actividad.
No desenvolviesen como personas autónomas la misma o similar actividad en la misma localidad, en los 6 meses inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la nueva actividad, ni estuviesen de alta como autónomos en cualquier régimen de la SS o en mutualidad de colegio profesional, siempre que dicha situación presuponga actividad en los tres meses inmediatamente anteriores.
2.- Trabajadores/as autónomos/as o por cuenta propia podrán ser beneficiarios cuando formen parte de comunidades de bienes o sociedades civiles de nueva creación (constituidas a partir del 1/10/2018), siempre que lo soliciten a título personal.
Cuantía Subvencionable
2.000 € para desempleados en general
4.000 € en caso de que la persona desempleada se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
Persona menor de 30 anos
Persona desempleada de larga duración
Persona desempleada con discapacidad
Persona desempleada que se encuentre en situación en riesgo de exclusión social
Estas cuantías podrán incrementarse en un 25% en los siguientes casos: si la persona que se incorpora es una mujer; En el caso de que el centro de trabajo se encuentre en un ayuntamiento rural, personas mayores de 45 años, persona emigrante retornad, personas trans.
De aplicarse todos los incrementos, la cuantía podría ser de 9.000 €.
PROGRAMA II – Ayudas a personas trabajadoras autónomas por la contratación indefinida de personas asalariadas
Beneficiarios
Personas trabajadoras autónomas o personas profesionales por la primera contratación que realicen con carácter indefinido durante su primer año de actividad.
Personas trabajadoras autónomas o personas profesionales por la segunda y tercera contratación que realicen con carácter indefinido durante los tres primeros años de actividad.
Actuaciones Subvencionables
Contrataciones indefinidas iniciales que se formalicen desde el 1 de octubre de 2018 hasta el 30 de septiembre de 2019.
La contratación indefinida puede ser a tiempo completo o parcial, incluida la modalidad de fijo discontinuo.
REQUISITOS:
Contratación indefinida inicial de personas trabajadoras desempleadas
La primera contratación deberá hacerse durante el primer año de actividad. La segunda y tercera podrá formalizarse hasta el tercer año de actividad.
La primera contratación será subvencionable cuando en la fecha en que se formalice el contrato no haya otra persona indefinida contratada ni se contratase con carácter indefinido, con anterioridad, otra persona excepto que ese contrato indefinido se extinguiese por dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez de la persona trabajadora, o por resolución durante el período de prueba.
Serán subvencionables la segunda y tercera contratación siempre que con anterioridad a este contrato no se realizasen dos o más contrataciones indefinidas
No se admitirá la contratación con personas que en los 24 meses anteriores a la contratación prestasen servicios en la misma empresa o grupo de empresas mediante un contrato de carácter indefinido o en los últimos 3 meses mediante un contrato de carácter temporal.
Cuantía Subvencionable
Para la primera persona indefinida: 3.000 € cuando la persona sea desempleada. Podrá ser de 5.000 € cuando la persona desempleada se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
Persona desempleada de larga duración
Persona desempleada con discapacidad
Persona desempleada que se encuentre en situación en riesgo de exclusión social
Segunda y tercera contratación: 5.000 € cuando la persona sea desempleada. Podrá ser de 7.000 € cuando la persona desempleada se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
Persona desempleada de larga duración
Persona desempleada con discapacidad
Persona desempleada que se encuentre en situación en riesgo de exclusión social
Estas cuantías podrán incrementarse en un 25% en los siguientes casos : si la persona que se incorpora es una mujer; En el caso de que el centro de trabajo se encuentre en un ayuntamiento rural, personas mayores de 45 años, persona emigrante retornado, persona trans.
De aplicarse todos los incrementos, la cuantía podría ser de 11.250 € para la primera contratación y de 15.750 € para la segunda y tercera contratación.
Plazo de Presentación de Solicitudes
Para las contrataciones realizadas entre el 1 de octubre de 2018 y el 25 de enero de 2019, el plazo de presentación es hasta el 25 de marzo.
Para las contrataciones realizadas con posterioridad al 26 de enero de 2019, tendrán de plazo dos meses desde la fecha de la contratación y como fecha límite el 30 de septiembre de 2019.
×
Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso. Puedes obtener más información en nuestra Política de cookies.